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Se emplaza a los señores CARLOS ENRIQUE ZAPATA, identificado con cedula de ciudadanía número 70.431.437 y GERARDO RODRÍGUEZ RUEDA, identificado con cedula de ciudadanía número 8.332.258 para que comparezcan personalmente o por intermedio de apoderado, dentro del término de fijación y desfijación  del presente edicto a la oficina de Espacio V.I.T.A.L. de “CORPOURABA”, ubicada en la calle 92 #98-39 de Apartado – Antioquia , para efectos de notificarse personalmente del contenido de la resolución n°200-03-20-01-3341-2022 del 13 de diciembre de 2022 en la cual dispone:

 

PRIMERO. DECLARAR RESPONSABLE a los señores Carlos Enrique Zapata, identificado con cédula de ciudadanía N° 70.431.437 y Gerardo Rodríguez Rueda, identificado con cédula de ciudadanía N° 8.332.258, de los cargos formulados en el ARTÍCULO CUARTO del auto N° 200-03-50-04-0488-2010 y ARTÍCULO PRIMERO  del auto N° 200-03-50-05-0171-2011, consistente en aprovechamiento forestal  y captación de agua superficial  sin la respectiva autorización y concesión de agua superficial, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo.

 

SEGUNDO. IMPONER a los señores Carlos Enrique Zapata, identificado con cédula de ciudadanía N° 70.431.437 y Gerardo Rodríguez Rueda, identificado con cédula de ciudadanía N° 8.332.258, la sanción consistente en TRABAJO COMUNITARIO, cuyo objetivo es dar a conocer por parte de la Corporación, la normatividad ambiental, la importancia de los recursos naturales, los impactos ambientales que trae el realizar aprovechamiento sin autorización, la competencia que tiene la Corporación con relación a los recursos naturales. La duración de esta jornada se hará hasta por 4 horas; y se indicará mediante citación previa fecha y lugar de realización de esta jornada; se dispondrá en el oficio de citación dos fechas, una principal y otra alternativa con el fin de que el infractor pueda asistir y cumpla con la sanción prevista en el presente acto administrativo.

 

TERCERO: La sanción impuesta se llevará a cabo bajo la supervisión Subdirección de Planeación y Ordenamiento Territorial -Área Educación Ambiental-, en apoyo con la Secretaria General –Oficina Juridica y Subdirección de Gestión y Administración Ambiental, dependencia encargada de organizar la temática a capacitar y de rendir el informe de cumplimiento de la sanción.

 

CUARTO: El incumplimiento a la presente sanción sin motivación alguna, dará aplicación a lo establecido en el artículo 37 de la ley 1333 de 2009, que señala lo siguiente” el infractor que incumpla la citación al curso será sancionado con multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

 

QUINTO: Reportar en el Registro Único de Infractores Ambientales –RUIA-, la sanción administrativa ambiental impuesta en la presente decisión, una vez se encuentre en firme el presente acto administrativo.

 

SEXTO: Un extracto de la presente providencia que permita identificar su objeto, se publicará en el boletín oficial de la Corporación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la ley 99 de 1993.

 

SÉPTIMO: Remitir copia de la presente actuación administrativa a la Procuradora Judicial Ambiental y Agraria de Antioquia, en cumplimiento de lo establecido en el inciso final del artículo 56 de la Ley 1333 de 2009.

 

OCTAVO: Notificar el presente acto administrativo los señores Carlos Enrique Zapata, identificado con cédula de ciudadanía N° 70.431.437 y Gerardo Rodríguez Rueda, identificado con cédula de ciudadanía N° 8.332.258, en los términos establecidos en el Decreto 01 de 1984.

 

NOVENO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la Dirección  General de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo

 

DECIMO. De la firmeza. La presente providencia rige a partir de su fecha de ejecutoria.

 

 

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE y CUMPLASE

 

 

Firmado por VANESSA PAREDES ZÚÑIGA

Directora General

 

 

 

En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del edicto y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.

 

En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co

 

Fecha de Fijación:      11/01/2023 a las 7:00 AM

Fecha de Desfijación:   24/01/2023 a las 5:30 PM

 

NRO. DE EXPEDIENTE

TIPO DE ACTO ADMINIS

TRATIVO

NRO. DE ACTO ADMINIS

TRATIVO

ASUNTOPROCEDE RECURSOSE NOTIFICA A:

 

200-165603-323-09

 

Resolución

 

200-03-20-01-3341-2022 del 13 de diciembre de 2022

 

Por la cual se declara responsable dentro de un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones

 

Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la Dirección General de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo

 

Carlos Enrique Zapata

Cc 70.431.437

 

Gerardo Rodríguez Rueda

Cc 8.332.258

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