En cumplimiento a la “Publicación de los actos administrativos” por parte de la corporación, esta se encuentra reglamentada en los artículos 70 y 71 de la ley 99 de 1993: (a. promover la difusión y conocimiento de los derechos e intereses colectivos y sus mecanismos de protección). “Se publicará en el Boletín corporativo; en la página web de la Corporación, copia íntegra del acto administrativo y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de Diez (10) días hábiles”.
En concordancia a lo precitado se relacionan los siguientes Actos Administrativos en el boletín corporativo en la página web de la Corporación
Fecha de fijación: 18/02/2025 a las 7:00 AM
Fecha de des fijación: 03/03/2025 a las 5:30 PM
TIPO Y NÚMERO DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE RECURSO |
Resolución N° 200-03-50-04-0473-2022 del 11 de septiembre de 2022. | Por la cual se inicia una investigación preliminar y se adoptan otras disposiciones | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75° de la ley 1437 del 18 de enero de 2011. |
Resolución N° 200-03-20-04-2622-2024 | Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria | Contra la presente actuación administrativa procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75° de la ley 1437 del 18 de enero de 2011. |
Resolución N° 200-03-20-01-2623-2024 del 16 de diciembre de 2024. | Por la cual se aprehenden definitivamente unos productos forestales | Contra la presente actuación administrativa procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75° de la ley 1437 del 18 de enero de 2011. |
Resolución N° 200-03-50-06-0328-2024 del 12 de noviembre de 2024 | Por la cual se impone una medida preventiva | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75° de la ley 1437 del 18 de enero de 2011. |
Resolución N° 200-03-40-02-0021-2025 | Por la cual se inicia una indagación preliminar | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 75° de la ley 1437 del 18 de enero de 2011. |