PREGUNTAS FRECUENTES
El Plan de Gestión Ambiental Regional es el instrumento de planificación estratégico de largo plazo de las Corporaciones Autónomas Regionales para el área de su jurisdicción, que permite orientar su gestión e integrar las acciones de todos los actores regionales con el fin de que el proceso de desarrollo avance hacia la sostenibilidad de las regiones. Artículo 2.2.8.6.2.1. decreto 1076 2015.
El Plan de Gestión Ambiental Regional – PGAR-, tiene su soporte jurídico en la Constitución Política de 1991, en la Ley 99 de 1993, en el Decreto 1200 del 2004 y decreto 1076 del 2015 versión integrada con sus modificaciones y demás normativas que directa e indirectamente regulan la planificación, el ordenamiento y planeación ambiental en el país y específicamente en la jurisdicción.
Las Corporaciones Autónomas Regionales tienen la responsabilidad de la formulación del PGAR en coordinación con las entidades territoriales de su jurisdicción (Municipios, Distrito portuario y Departamento) y los representantes de los diferentes sectores sociales (Comunidades indígenas, comunidades Negras, ONG y comunidad en general) y económicos de la región (gremios). El PGAR deberá ser aprobado por el Consejo Directivo de la respectiva Corporación. Artículo 2.2.8.6.2.1. decreto 1076 2015.
Para ello, durante estos últimos meses de 2024 se realizarán talleres dirigidos por CORPOURABA con la participación de estas entidades en cada una de las regiones del territorio.
Las entidades territoriales (Municipios, Distrito portuario y Departamento) considerarán las líneas estratégicas definidas en el Plan de Gestión Ambiental Regional en la formulación y/o ajuste de los Planes de Ordenamiento Territorial de que trata la Ley 388 de 1997, así como en sus Planes de Desarrollo. Artículo 2.2.8.6.2.1. decreto 1076 2015.
En el Artículo 2.2.8.6.3.2. del decreto 1076 de 2015. Nos indican que el Plan de Gestión Ambiental Regional deberá contemplar como mínimo cuatro componentes:
1. Diagnóstico ambiental: Corresponde al análisis integral de los componentes sociales, económicos, culturales y biofísicos que determinan el estado de los recursos naturales renovables y del ambiente.
2. Visión regional: Escenario de sostenibilidad ambiental para garantizar el proceso de desarrollo regional del área de jurisdicción.
3. Líneas estratégicas: Constituyen en el marco de referencia para identificar las responsabilidades y compromisos de los diferentes actores de acuerdo con sus competencias, en torno a la solución de los problemas identificados y el desarrollo de las potencialidades ambientales en el área de jurisdicción de la Corporación. Contiene metas, actores, requerimientos de financiación, las posibles fuentes y los mecanismos de articulación entre ellas, adicionalmente, deben constituirse en la base para la actualización de las determinantes ambientales para los Planes de Ordenamiento Territorial, lo cual debe ser ampliamente socializado con los municipios de la Jurisdicción de la Corporación.
4. Instrumentos de seguimiento y evaluación: Sistema de seguimiento y evaluación del Plan de Gestión Ambiental Regional y de la variación del estado de los recursos naturales y el ambiente y su impacto sobre la calidad de vida de la población y las condiciones de desarrollo regional. ver informes de gestión y seguimiento a Indicadores Mínimos de Gestión -resolución 0667 de 2016- y el Índice de Desempeño Institucional – IEDI.
ACTORES
AVANCES DEL PROCESO DE FORMULACIÓN DEL #PGAR
La prospectiva: Innovación, Anticipación y Futuro
Genera un consenso entre los diversos actores sobre los objetivos, estrategias y acciones prioritarias para el PGAR.
La Visión Regional integra el análisis prospectivo, las tendencias y los escenarios evaluados con el propósito de establecer los desafíos y objetivos regionales para un desarrollo sostenible a largo plazo.
Esta visión considera escenarios futuros en el horizonte de 12 años, asegurando un equilibrio entre las dimensiones económica, social y ambiental del desarrollo, así como sus interrelaciones.
Posterior a la construcción colectiva de la Visión se definen las líneas Estratégicas y luego la fase de construcción con el objetivo de validar la propuesta de metas de corto, mediano y largo plazo que darán como resultado la materialización de la Visión Ambiental del Territorio.
Los instrumentos de seguimiento se definen en el decreto 1076 de 2015, y contempla adicionalmente a los informes de gestión anual, el seguimiento a los Planes de Acción Cuatrienal y los respectivos informes y matrices de seguimiento.