En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 69. Notificación por aviso. Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia íntegra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. (Subrayado fuera del texto original).
En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del aviso y de la fecha en que por este medio quedará surtida la notificación personal.”
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 17/11/2022 a las 7:00 AM
Fecha de Desfijación: 23/11/2022 a las 5:30 PM
NRO. DE EXPEDIENTE | TIPO DE ACTO ADMINIS
TRATIVO |
NRO. DE ACTO ADMINIS
TRATIVO |
ASUNTO | PROCEDE RECURSO
DE REPOSICIÓN |
SE NOTIFICA A: |
200-165128-0093-2020 | Auto | 200-03-50-03-0438-2022 del 24 de octubre de 2022 | “Por el cual se otorga valor probatorio a unas diligencias administrativas y se corre traslado para presentar alegatos de conclusión” | Contra el presente
acto administrativo no procede recurso alguno |
Daniel Esteban Villegas Ramirez
Cc: 1.023.723.792 |
200-165111-177-2014 | Auto | 200-03-50-99-0412-2022 del 11 de octubre de 2022 | “Por el cual se corre traslado para presentar alegatos de conclusión” | Contra el presente
acto administrativo no procede recurso alguno |
Reforestadora el porvenir LTDA
Nit: 811.032.727-5 |
200-165130-0027-2022 | Resolución | 200-03-20-03-2695-2022 del 13 de octubre de 2022 | “Por la cual se realizan unos requerimientos y se dictan otras disposiciones | Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la Oficina jurídica de CORPOURABA, el cual deberá presentarse por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación o vencimiento del término de la publicación | Sociedad Royal de Occidente S.A.S
Nit: 901.073.878-0 |
200-165126-0153-2021 | Resolución | 200-03-20-01-2697-2021 del 23 de diciembre de 2021 | “Por la cual se realizan unos requerimientos y se dictan otras disposiciones” | Contra la presente resolución procede ante la Secretaria General de la Corporación, recurso de reposición, el cual deberá enviarse al correo electrónico atencionalusuario@corpouraba.gov.co dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación | Municipio de Carepa
Nit: 890.985.316-8 |
200-165126-0084-2021 | Auto | 200-03-50-04-0333-2022 del 31 de agosto de 2022 | “Por el cual se declara iniciada investigación sancionatoria ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente decisión, no procede recurso alguno | Municipio de Carepa
Nit: 890.985.316-8 |
200-165126-0100-2022 | Resolución | 200-03-20-03-2557-2022 del 28 de septiembre de 2022 | “Por la cual se realizan unos requerimientos y se dictan otras disposiciones” | Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la Oficina Jurídica de CORPOURABA, el cual deberá presentarse por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación o vencimiento del termino de la publicación | Municipio de Apartadó
Nit: 890.980.095-2 |