LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABA – CORPOURABÁ
CERTIFICA QUE:
En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 68 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 68. Citaciones para notificación personal. Si no hay otro medio más eficaz de informar al interesado, se le enviará una citación a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, para que comparezca a la diligencia de notificación personal. El envío de la citación se hará dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del acto, y de dicha diligencia se dejará constancia en el expediente.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario señalada en el inciso anterior, la citación se publicará en la página electrónica o en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días”. (Subrayado fuera del texto original).
En todo caso de no surtirse la notificación personal en el término señalado, esta se hará por medio de Aviso y tendrá los mismos efectos legales, de conformidad con lo establecido en los artículos 69 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
En concordancia, se relacionan los actos administrativos que han sido publicados en la página web corpouraba.gov.co
Fecha de Fijación: 28/05/2025 a las 7:00 AM
Fecha de Des fijación: 05/06/2025 a las 5:30 PM
NUMERO DE EXPEDIENTE | TIPO Y NUMERO DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | SE CITA A: |
200-16-51-26-084-2013 | Resolución N° 200-03-20-03-0826 del 16/05/2025 | “Por la cual se realizan unos requerimientos y se adoptan otras disposiciones” | Rut Manco Zapata C.C. 32.288.501 |
200-16-51-29-0041-2021 | Auto N° 200-03-50-03-0156 Del16/05/2025 | “Por la cual se abre a periodo probatorio un procedimiento sancionatorio ambiental, se corre traslado para presentar alegatos de conclusión y se determinan otras disposiciones” | José Rafael Lazo Reyes C.C. 10.925.216 |
CITA 26611 | Resolución N° 200-03-20-99-0817 del 16/05/2025 | “Por la cual se decreta el desistimiento tácito de la solicitud de registro de libro de operaciones forestales en línea-LOFL, radicada bajo consecutivo N° 200-34-01-59-5748 del 12/08/2022 y se adoptan otras disposiciones” | Franklin Andrés Cortez Úsuga c.c. 1.028.029.686 |
200-16-51-28-0283-2018 | Resolución N° 200-03-20-99-0821 del 16/05/2025 | “Por la cual se ordena archivar un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Cristian Camilo López Zapata C.C 1.045.500.351 |
200-16-51-27-196-2010 | Auto N° 200-03-20-02-0809 del 16/05/2025 | Por el cual se otorgan diez (10) días para presentar alegatos de conclusión | Hernando Manuel Hernández Ramos c.c 15.606.747 |