En cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 68 de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:
“ARTÍCULO 68. Citaciones para notificación personal. Si no hay otro medio más eficaz de informar al interesado, se le enviará una citación a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, para que comparezca a la diligencia de notificación personal. El envío de la citación se hará dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del acto, y de dicha diligencia se dejará constancia en el expediente.
Cuando se desconozca la información sobre el destinatario señalada en el inciso anterior, la citación se publicará en la página electrónica o en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días”. (Subrayado fuera del texto original).
Me permito citarlo para que comparezca dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la presente comunicación en la sede de CORPOURABA, localizada en el barrio manzanares del Municipio de Apartadó-Antioquia, con el fin de surtir notificación personal de los actos administrativos a relacionar:
El incumplimiento a la presente citación dará lugar a la notificación por Aviso o Edicto, conforme a lo establecido en la Ley 1437 de 2011.
Fecha de Fijación: 04/02/2025 a las 7:00 AM
Fecha de Desfijación: 10/02/2025 a las 5:30 PM
ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | SE CITA A: |
Resolución N° 200-03-20-01-0006-2025 del 07 de enero de 2025. | “Por la cual se ordena el cierre de una indagación preliminar y se ordena el archivo de un expediente”. | AL PUBLICO EN GENERAL. |
Auto N° 200-03-50-04-0220-2023 del 8 de agosto de 2023. | “Por el cual se otorga valor probatorio de unas diligencias administrativas y se corre traslado para presentar alegatos de conclusión” | MAURICIO DE JESUS URREGO CIFUENTES, CC. 3.486.664. |
Auto N° 200-03-50-99-0006-2024 del 19 de enero de 2024. | “Por el cual se inicia un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones” | WILSON ROLDA ALCARAZ, CC. 8.005.228. OSCAR ENRIQUE ROLDAN ALCARAZ, CC. 71.384.497. JOSE BETANCUR BURITICA, CC. 71.526.183. ALCIBAR RAMIREZ RESTREPO, CC. 8.417.019. |
Resolución N° 200-03-20-99-2879-2023. | “Por la cual se aprehenden definitivamente productos forestales y se adoptan otras disposiciones”. | ALBERTO DE JESUS HENAO OSORIO, CC. 70.728.614. |
Resolución N° 200-03-20-01-2601-2024 del 19 de diciembre de 2024. | “Poe la cual se declara responsable dentro de un procedimiento sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones” | EDINSON ANTONIO GOEZ CARDONA, CC. 78.645.736. |
Resolución N° 200-03-20-03-0088-2025 del 16 de enero de 2025. | “Por la cual se realizan unos requerimientos y se determinan otras disposiciones” | RAFAEL ANTONIO DAVID GRACIANO, CC. 71.373.042. |
Resolución N° 200-03-20-01-0052-2025 del 14 de enero de 2025. | “Por la cual se ordena la cesación en un proceso sancionatorio ambiental y se ordena el archivo definitivo” | JAIRO ESCOBAR SIN IDENTIFICACIÓN |
Auto N° 200-03-50-06-0389-2024 del 13 de diciembre de 2024. | “Por el cual se impone medida preventiva y se adoptan otras disposiciones” | MIGUEL ANGEL OROBIO PALACIOS, CC. 1.074.713.906. MANUEL ASPRILLA, CC. 1.151.434.286. |
Resolución N° 200-03-20-99-0099-2024 del 24 de enero de 2024. | “Por la cual se ordena la disposición final de unos productos forestales y se adoptan otras disposiciones” | AL PUBLICO EN GENERAL. |