La Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá – CORPOURABA informa a la comunidad sobre la expedición de los Autos 0147, 0151 y 0169 de 2026, relacionados con medidas preventivas e inicio de procedimientos sancionatorios ambientales por movilización ilegal de productos forestales sin salvoconducto; así mismo, el Auto 0308 de 2025 ordena apertura de indagación preliminar por actividades de quema que afectaron aproximadamente 12,42 hectáreas en el municipio de Peque, y el Auto 0456 de 2025 inicia proceso sancionatorio por movilización ilegal de fauna silvestre (cangrejo azul).
Igualmente, mediante las Resoluciones 0241 de 2020, 0297 de 2025, 0759, 0760, 0764, 0765, 0766, 0767, 0769 y 0826 de 2026, así como las Resoluciones 0580 y 2174 de 2022, 1000 y 2642 de 2025 y 1296 de 2024, la Corporación adoptó decisiones relacionadas con levantamiento de medidas preventivas, revocatorias, terminación de quejas ambientales, cesación y cierre de procesos sancionatorios, desistimientos tácitos, finalización de permisos y concesiones ambientales, archivo definitivo de expedientes y declaración de responsabilidad por aprovechamiento forestal sin autorización ambiental.
Fecha de fijación: 13-05-2026 a las 7:00am
Fecha de desfijación: 27-05-2026 a las 5:30pm
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| NUMERO DE EXPEDIENTE | TIPO Y NUMERO DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE RECURSO | PUBLICACIÓN |
| 161101-126-2007 | Resolución N° 200-03-20-99-0297-2025 | “Por la cual se revoca totalmente el auto N° 200-03-50-04-0279-2011, y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 161002-007-2006 | Resolución N° 200-03-20-01-0580-2022 | “Por la cual se declara el desistimiento tácito de un trámite ambiental, y se dictan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 33472 | Resolución N° 200-03-20-01-0764-2026 | “Por el cual se ordena archivo de una queja ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 32850 | Resolución N° 200-03-20-01-0759-2026 | “Por el cual se ordena archivo de una queja ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0057-2021 | Auto N° 200-03-50-04-0169-2026 | “Por el cual se declara iniciada investigación sancionatoria de carácter ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-02-0167-2013 | Resolución N° 200-03-20-01-0826-2026 | “Por el cual se da por terminado un permiso ambiental de concesión de aguas superficiales y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-26-0116-2013 | Resolución N° 200-03-20-99-1000-2025 | “Por el cual se ordena archivar un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0268-2015 | Resolución N° 200-03-20-01-1296-2024 | “Por el cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-26-0019-2025 | Auto N° 200-03-50-04-0151-2026 | “Por el cual se declara iniciada investigación de carácter ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0092-2019 | Resolución N° 200-03-20-01-0769-2026 | “Por el cual se ordena archivo de un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0136-2023 | Resolución N° 200-03-20-01-0760-2026 | “Por el cual se ordena archivo de un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-26-0032-2012 | Resolución N° 200-03-20-01-0765-2026 | “Se ordena la cesación en un proceso sancionatorio ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 33333 | Resolución N° 200-03-20-01-0767-2026 | “Por el cual se ordena archivar un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0134-2025 | Auto N° 200-03-50-06-0147-2026 | “Por la cual se impone medida preventiva, y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-29-0015-2023 | Resolución N° 200-03-50-04-0456-2025 | “Por el cual se declara iniciada investigación sancionatoria de carácter ambiental y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0003-2020 | Resolución N° 200-03-20-01-0241-2020 | “Por la cual se ordena levantar una medida preventiva y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 150-16-51-28-0011-2016 | Resolución N° 200-03-20-01-2174-2022 | “Por el cual se ordena archivar un expediente” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0113-2015 | Resolución N° 200-03-20-01-2642-2025 | “Por el cual se ordena archivar un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente procede recurso de reposición ante el Director General de COPOURABA, el cual deberá presentarse por escritos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 33493 | Auto N° 200-03-40-02-0308-2025 | “Por el cual se inicia una indagación preliminar y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente actuación administrativa no procede recurso alguno, de conformidad con los dispuesto en el artículo 87 y 75 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. | La presente se realiza de Conformidad con lo establecido en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |
| 200-16-51-28-0065-2016 | Resolución No. 200-03-20-01-0766-2026 | “Por medio de la cual se ordena el archivo definitivo de un expediente y se adoptan otras disposiciones” | Contra la presente providencia procede ante el director general de la corporación el recurso de reposición, el cual deberá interponerse personalmente y por escrito dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación. | La presente se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993. |

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