CORPOURABA, por medio del AUTO No. 0467 de 2025, declara iniciada la actuación administrativa ambiental con el fin de evaluar la solicitud de APROVECHAMIENTO FORESTAL DE ARBOLES AISLADOS, respecto de las especies y volúmenes que se indican en el presente documento, según solicitud presentada por el señor DIEGO FERNANDO ESTRADA RINCON, identificado con CC. 79.481.576, a realizarse en el predio identificado con matrícula inmobiliaria No. 024-738, denominado Cuajaron, ubicado en la vereda Cuajaron en jurisdicción del Municipio de Giraldo del Departamento de Antioquia.
Fecha de fijación: 23/12 /2025 a las: 7:00 am
Fecha de desfijación: 13/ 01/2026 a las: 5:30 pm
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| TRÁMITE | N° EXPEDIENTE | PERSONA JURÍDICA O NATURAL A NOTIFICAR | TIPO DE ACTO ADMINISTRATIVO | N° DE ACTO ADMINISTRATIVO | FECHA DE ACTO ADMINISTRATIVO | ASUNTO | PROCEDE ACTO ADMINISTRATIVO |
| Aprovechamiento forestal | 160-16-51-10-0117-2025 | Diego Fernando Estrada Rincon | AUTO | 160-03-50-01-0467-2025 | 30/10/2025 | Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental | Contra la presente providencia no procede ningún recurso, por tratarse de un acto administrativo de trámite de conformidad con el artículo 75 de la ley 1437 del 18 de enero de 2011 |
| Concesión de aguas superficiales | 160-16-51-02-0112-2025 | SITOR S.A.S | RESOLUCIÓN | 200-03-20-02-2385-2025 | 21/11/2025 | Por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales y se dictan otras disposiciones | Contra la presente resolución procede ante el director General Encargado, de CORPOURABA, el Recurso de Reposición, el cual deberá interponerse personalmente o por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, de conformidad con lo establecido en la ley 1437 de 2011 (CPACA) |
| Aprovechamiento forestal | 160-34-01.26-6167-2025 | Celsia Colombia S.A E.S.P | RESOLUCIÓN | 200-03-20-02-2565-2025 | 15/12/2025 | Por el cual se declara iniciada una actuación administrativa ambiental | Contra la presente resolución procede ante el director General Encargado DE LA CORPORACIÓN, el Recurso de Reposición, el cual deberá interponerse personalmente por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación, de conformidad con lo establecido en la ley 1437 de 2011 (CPACA) |
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