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Haciendo uso del principio de analogía, se dará aplicación a lo establecido en el  artículo 65 de la ley 1437 de 2011, el cual dispone: ARTÍCULO 65. Deber de publicación de los actos administrativos de carácter general. Los actos administrativos de carácter general no serán obligatorios mientras no hayan sido publicados en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso.

Cuando se trate de actos administrativos electrónicos a que se refiere el artículo 57 de esta Ley, se deberán publicar en el Diario Oficial o gaceta territorial conservando las garantías de autenticidad, integridad y disponibilidad” (…) y en concordancia con el articulo 69 ibídem, se  publicará por el termino de cinco (5) días hábiles…

De conformidad con lo anterior, se procederá con la publicación de los siguientes actos administrativos en la página web de CORPOURABA  www.corpouraba.gov.co

 

Fecha de fijación:          10/11/2022 a las 7:00am

Fecha de des fijación:   17/11/2022 a las 5:30pm

NRO. DE EXPEDIENTE TIPO Y NRO. DE ACTO ADMINISTRATIVO ASUNTO PROCEDE RECURSO DE REPOSICION SE NOTIFICA A:
161002-006-2006 Resolución N°200-03-20-01-2930-2022 del 08 de noviembre de 2022 Por la cual se decide una investigación administrativa sancionatoria y se adoptan otras disposiciones Contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante la dirección general de CORPOURABA, el cual deberá enviarse al correo electrónico atencionalusuario@corpouraba.gov.co dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación  

Aguas Regionales epm s.a e.s.p

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